DESCRIPCIÓN
Alquiler permanente – Casa de 3 ambientes-<div><br></div><div>La unidad se encuentra ubicada sobre calle Rolando al 1680, a tan solo 10min del Centro Cívico de la ciudad, esta sobre calle asfaltada.</div><div><br></div><div>La propiedad está distribuida en 3 ambientes. Al ingresar, a la derecha se encuentra una cocina , bacha de acero inoxidable, cocina de 4 hornallas a gas natural, pisos cerámicos y aberturas de aluminio con vidrio simple. </div><div>A la izquierda un living/comedor luminoso.por un pasillo se encuentra baño completo y saliendo dos habitaciones </div><div><span style="font-size: 14px;"> Fácil acceso, la convierte en una opción ideal para quienes buscan comodidad y practicidad para vivir de forma permanente.</span></div><div><br></div><div>*La unidad cuenta con cochera descubierta para 1 automóvil. patio compartido</div><div><br></div><div>* Acepta mascotas pequeñas. </div><div><br></div><div>Requisitos: </div><div><br></div><div>*Mes de Adelanto.</div><div><br></div><div>*Mes de Deposito en Garantía.</div><div><br></div><div>*Mes de Honorarios Inmobiliarios.</div><div><br></div><div>*Garantías propietarias y/o garante con recibo de sueldo. </div><div><br></div><div>Contrato anual/dos años con aumento trimestral por IPC. </div><div><br></div><div>En cumplimiento de la Ley 10.973 de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nacional 25.028, Ley Nacional 20.266, Ley 2051 de la Provincia de Río Negro, Ley 2541 de la Provincia de Río Negro, Ley 2538 CMyCPN de la Provincia de Neuquén, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores o agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero y corredor colegiado. Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario. Los datos consignados son meramente ilustrativos, quedando estos solicitados a la validación que surja del título de propiedad o planos Municipales. La venta queda sujeta al cumplimiento por parte del propietario de lo establecido por la Resolución General N 2371 de la ARCA. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la Martillera y Corredora Pública Andrea del Carmen López, Mat. 143-RPC-13-F°222-L°I</div><div><br></div>