DESCRIPCIÓN
<p><span style="font-weight: bold;">Alquiler permanente céntrico monoambiente a estrenar</span></p><p>Edificio Milenilials 1 en el centro de Bariloche sobre calle Perito Moreno 1100, ofrece monoambiente de 24 m2 a estrenar, ubicado en planta baja sobre la parte trasera con salida al patio general. Son unidades de mamposteria tradicional, aberturas de PVC blanco con vidrio doble DVH, La calefacción es por medio de radiadores. Posee un anafe 2 hornallas eléctrico. Baño completo y moderno con mampara y ducha moderna. Los pisos son de porcelanato, El mismo se encuentra listo para ingresar ideal para estudiante o pareja . </p><p>El ingreso al mismo es por medio de código único electrónico, <br>Aun no se abonan expensas. Los gastos de servicios son aparte del valor publicado . </p><p>Requisitos: Garantías con recibo de sueldo , demostrar ingresos</p><p>Contrato anual aumento trimestral por IPC.</p><p>NO APTO MASCOTAS</p><p><span style="font-weight: bold;">Consúltanos para agendar tu visita¡¡</span></p><p><span style="font-weight: bold;"><br></span></p><p>En cumplimiento de la Ley 10.973 de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nacional 25.028, Ley Nacional 20.266, Ley 2051 de la Provincia de Río Negro, Ley 2541 de la Provincia de Río Negro, Ley 2538 CMyCPN de la Provincia de Neuquén, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores o agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del martillero y corredor colegiado. Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario. Los datos consignados son meramente ilustrativos, quedando estos solicitados a la validación que surja del título de propiedad o planos Municipales. La venta queda sujeta al cumplimiento por parte del propietario de lo establecido por la Resolución General N 2371 de la ARCA. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la Martillera y Corredora Pública Andrea del Carmen López, Mat. 143-RPC-13-F°222-L°I</p>